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TÍTULO III: Determinación de los aranceles de los convenios de atención para el otorgamiento de las prestaciones médicas del seguro

Decreto 4 (2020)

Artículo 7.

Los convenios de atención que deba celebrar el ISL con los establecimientos de salud a que se refiere el artículo 3 de este reglamento para el otorgamiento de prestaciones médicas de la ley Nº 16.744, se sujetarán a los aranceles a particulares de cada establecimiento.

En los demás casos, para la determinación de los aranceles de los convenios de atención que deba celebrar el ISL, no se podrán fijar tarifas superiores a las establecidas para la modalidad de libre elección, nivel 3, del Fondo Nacional de Salud, en adelante "Fonasa". Sin perjuicio de lo anterior, excepcionalmente y por razones fundadas, en aquellos casos en que por razones de ubicación geográfica, falta o escasez de prestadores o especialistas, u otras análogas, se dificulte la entrega de las prestaciones médicas y de poseer éstas un mayor valor respecto al fijado en el arancel previamente señalado, sea por la concurrencia de una o más de las mencionadas circunstancias; dicho arancel podrá ser aumentado de acuerdo a los parámetros que fijen las resoluciones a que se refiere el inciso final de este artículo.

Para efectos de la fijación de los valores de las prestaciones médicas convenidas, los aranceles podrán considerar que éstas forman parte de un conjunto de prestaciones asociadas a un diagnóstico. Respecto de las prestaciones no aranceladas bajo la modalidad de libre elección de Fonasa, se estará a los valores que se fijen en las respectivas bases de licitación o contrato.

Mediante una o más resoluciones del Ministerio del Trabajo y Previsión Social suscritas también por los Ministros de Salud y Hacienda, y a proposicióndel ISL, se fijarán las normas técnicas y administrativas que sean necesarias para la aplicación de los incisos segundo y tercero de este artículo.

Concordancia

TITULO II: Contingencias cubiertas
TITULO III: Administración
TÍTULO CUARTO: Prestaciones Médicas y Económicas
TITULO III: Administración del Seguro
TITULO V: Prestaciones